CIRCULAR No. 7 «PROHIBICIÓN DE ACTIVIDAD COMERCIAL»

A LA COMUNIDAD POLITÉCNICA DEL CIIDIR OAXACA

Hacemos de su conocimiento la opinión emitida por la Oficina del Abogado General del Instituto Politécnico Nacional, que en lo conducente dice:

«…hacer del conocimiento de las autoridades de las dependencias politécnicas, la prohibición para cualquier servidor público, miembro de la comunidad politécnica y ajena a ésta, para llevar a cabo cualquier tipo de actividad comercial de productos y/o servicios dentro del Campus Politécnico, así como en sus a¿unidades administrativas, sin contar con el instrumento jurídico que así lo permita…»

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